La Vuelta a Casa: El Papeleo

Volver de trabajar en Inglaterra tiene sus pequeñas inconveniencias. Hay cierto papeleo que tienes que solucionar el mismo día que terminas de trabajar, y si quieres cobrar el paro en tu pais hay cierta documentación que debes aportar y otra que se las trae al pairo. Así que he pensado en dar un pequeño repaso a lo necesario, desde mi experiencia personal. Esto lo hago tanto para poner en orden mis ideas como para dar una pequeña guiá a la gente que os habéis quedado todavía en Londres pero que volveréis en un futuro próximo. Espero que os sirva de algo.

· HM REVENUE & CUSTOMS
Son los que se encargan de administrar el pago de las tasas. Hacienda para los amigos, sino me equivoco. Si trabajáis en Londres, en el centro, debéis ir al 286 de Euston Road, enfrente del Hospital Universitario. Allí os atenderán y os aclararan cualquier duda, ademas de daros los formularios que debéis rellenar cuando vayáis a volver a vuestro país. Ellos se encargan de remitirlos a las oficinas adecuadas, y os darán los datos de estas para que podáis llamar con cualquier duda o problema que surja. Cuando pidais los papeles debeis decirles claramente que habeis estado trabajando en Inglaterra por X tiempo y que vais a volver a vuestro pais.

La otra oficina a tener en cuenta es el Centro para No Residentes, que se encuentra en Newcastle upon Tyne. Esta es la oficina donde deberéis mandar la solicitud para el E301. Eso si, con estos bastara con mandar un fax o una carta y quizás llamar para aseguraros que todo esta en orden.

· P60 END OF THE YEAR CERTIFICATE
El año laboral/fiscal en Inglaterra acaba el día 5 de Abril. Por eso todos los trabajadores reciben un formulario detallando lo cobrado hasta esa fecha, las sustracciones de las Tasas y una serie de datos que te vendra bien tener. No perdáis ese documento, y aseguraros de hacer una copia para tenerla permanentemente. Cuando os vayáis del país y tengáis que entregar la documentación para pedir las tasas, se quedaran con el original, así que si no lo copiáis, luego podéis tener problemas a la hora de hacer otros documentos.

· P45 DETAILS OF EMPLOYEE LEAVING WORK
Este documento os lo darán vuestro ultimo día de trabajo, tanto si os vais a vuestro pais como si os vais a otro trabajo en otro sitio. RECLAMADLO siempre. Es necesario para reclamar las tasas. Si habéis trabajado en 20 sitios en los últimos 6 años, necesitáis los P45 para poder dar la información de cada empleo que se os pedirá. Este formulario tiene dos hojas, una para que te la guardes y otra copia para los de HM Revenue & Customs. Basicamente es una prueba de que has dejado el trabajo, y detalla lo que te han pagado y lo que te han quitado de tasas desde que empezo el año laboral (5 de Abril).

· PAYSLIPS
Servidor recomienda guardarse todas las nominas que os den, por si acaso, pero en principio es posible que os baste con guardar las nominas de Marzo (de cada año trabajado) y la ultima de cada empleo. Creo recordar que en una ocasión me pidieron las cuatro ultimas nominas, pero este año no he visto nada al respecto.

· EL E301
Es un documento que tendréis que solicitar donde se muestra toda la información laboral pertinente a la hora de solicitar el paro a la vuelta. Necesitáis bajaros el formulario CA3916, rellenarlo con los datos de todos los empleos que habéis tenido en Inglaterra en los últimos 6 años, y adjuntar una copia de los P45, P60, las nominas de Marzo y la nomina final de cada uno de esos empleos. O sea, un papelón del carajo. Tenéis la opción de mandarlo por fax o si es una burrada de papeleo, mandarlo por correo, que seguramente os saldrá mucho mas barato.

· LAS TASAS...
Vale, sabiendo que es cada cosa, para reclamar las tasas solo tenéis que rellenar los papeles que os dieron en las oficinas de HM Revenue de Euston, dando los detalles de los trabajos realizados, vuestro Insurance Number (o el provisional que os asigno la empresa al contrataros, si es el caso, en caso de duda dejarlo en blanco y consultarlo al entregar los papeles), la copia apropiada del P45 (recordar, tiene dos, una para vosotros, otra para ellos) y el P60 del año laboral anterior. Esto son 5 minutos y lo tendréis que hacer el ultimo día de trabajo, porque a no ser que le echéis cara y lo reclaméis con bastante tiempo, la empresa no tiene los papeles hasta el último día. Son bastante majos y os responderán a cualquier duda que tengáis.

Los papeles los podéis coger el mismo día, pero personalmente recomiendo que los cojáis unos días antes para poder revisarlos y rellenarlos tranquilamente. Algunas de las preguntas pueden ser algo confusas si no controláis el ingles.

En teoría os devolverán la suma de las tasas mostradas en el P45 y en el P60. Puedes pedir que te lo ingresen en una cuenta bancaria (ignoro si puede ser la española, aunque si puede ser necesitaras el código IBAN casi seguro) o que te envíen un cheque. De cualquier modo, tardaran entre 3 o 4 meses en hacerlo, asi que puedes esperar sentado. Y si lo pides por cheque es probable que este tarde cosa de 3-4 semanas en ser aprobado por el banco.

… Y EL PARO
Para solicitar el paro, o una reanudación del paro, debéis justificar el tiempo que habéis estado trabajando en el extranjero. En principio el E301 sirve exactamente para esto, pero el problema es que tienes 15 días para entregarlo en el paro desde tu ultimo día trabajado, pero por desgracia los ingleses te advierten que el papeleo tarda de cuatro a seis semanas en procesarse. Lo cual es una jodienda.

En mi caso particular, al parecer les bastaba con la ultima nomina para justificar mi trabajo, pero mientras estaba escribiendo este articulo me han llamado para pedirme que me pase mañana con nueva documentación, porque parece que no están seguros de que sea bastante con la nomina. Así que mañana les llevare el contrato, donde se especifica el primer día de trabajo, y una copia del P45, donde se especifica el ultimo dia de trabajo. Espero que eso sea suficiente, pero al estar en ingles me imagino que puede dar problemas. Que yo les diga que Leaving Work significa Dejar el Trabajo supongo que no sera suficiente garantía.



Creo que esto es todo por ahora. Mañana supongo que tendré algo mas que contar, y si sabéis de algo que se me escapa o en que me he equivocado, no dudéis en decirlo. Se agradecerá toda la información recibida.

13 comentarios:

  1. Actualizado con el parrafo sobre las tasas, que se me habia perdido entre el Open Office y el blog...

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  2. Hola, yo estoy rellenando el CA3916 pero tengo una duda. En la primera hoja te pide que pongas "YOUR REFERENCE" y que uses esa referencia en caso de llamar o escribir. Pero no entiendo si tengo que poner mi nombre o el "employer paye reference"(que basicamente son números). A ver si me pudieras ayudar, porque ando un poco perdida. Gracias!

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  3. Vale, lo he estado mirando. Cuando rellene los papeles la primera vez los envie por fax, y en los datos solo di mi nombre, el espacio para la referencia lo di en blanco. Y no tuve ningun problema al recibirlo.

    Lo mas probable es que la referencia sea un numero que se asigna al documento si lo entregas en persona.

    No es una respuesta al 100%, pero ya te digo que yo no necesite poner ninguna referencia.

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  4. Vale, pues si no encuentro otra respuesta, lo dejaré en blanco y a ver que ocurre. Muchas gracias, de verdad!

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  5. hola, espero que me podáis echar una mano. No encuentro en ninguna de mis nóminas del primer empleo el payslip number. Creo que es porque no me hicieron firmar contrato. ¿Se puede dejar en blanco ese apartado? En el P45 tampoco aparece.
    Gracias :D

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  6. No se que decirte. Si no te hicieron contrato, ese trabajo simplemente no deberias tenerlo en cuenta, ya que no es oficial. Pero si dices que tienes el P45, me resulta extraño que no te lleve un numero de trabajador, que es lo que creo que es el payslip number.

    No soy ningun experto, lo que describo en el post esta basado en mi experiencia personal de las dos veces que he trabajado alli. En estos casos lo unico que creo que puedes hacer es rellanar todo lo que puedas, y llevar la documentacion debida contigo, y al entregarla, si lo haces en mano (recomendable), decirselo claramente a quien te esta atendiendo. Suelen ser bastante atentos y no tienen problema en responder a las dudas...

    Buena suerte!

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  7. Muchas gracias por contar tu experiencia, a mí me está siendo de mucha utilidad. Tengo el P45 pero no encuentro las nóminas, ya sabes que a la vuelta todo es un desastre y no aparecen por ninguna parte, sabes es imprescindible mandarlas?

    Muchas gracias y ánimo a todos!

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  8. Mucho me temo que si. Es una faena, la verdad, por eso es bueno saberlo con tiempo para estar preparado. Espero que lo encuentres!

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  9. Muchas gracias por la respuesta, aunque espero que no estés en lo cierto, jeje. Hoy me han escrito del INEM, dicen que si al volver a España no tienes el E301 ellos se encargan de apañárselas con el país en el que has estado. Iré con el P45 a la oficina y a ver qué me cuentan.

    De verdad, mchas gracias por tu ayuda!

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  10. Hola veo que la entrada tiene tiempo pero igual me puedes ayudar, mi duda en teoria es muy simple, tengo todos los papeles que hay que adjuntar para solicitar el E301 pero mi duda es la siguiente: ¿ahora cuando acabe en mi empresa me darán el p45 pero ¿me tienen que dar un P60 tambien? ¿o ese solo se da una vez al año en abril?

    yo tengo el p60 "tax year to 5 april 2010" pero es de la empresa en la que trabajaba entonces, ¿es ese el que tengo que entregar o uno actualizado a ahora octubre?


    Gracias!

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  11. Jeje, algo de tiempo tiene, si. La verdad es que cada vez me parece mas lejano el asunto, pero sigo teniendo visitas por el tema en este post.

    De entrada con el P60 que ya tienes deberia bastar. Ese documento se da al acabar el año "fiscal", no cuando dejas una empresa.

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